Penúltima clase del capítulo I del título III de la Constitución Española de 1978, donde seguimos hablando de las cámaras que componen las Cortes Generales: el Congreso de los Diputados y el Senado. En este caso vamos a ver cómo se descargan éstas de trabajo a través de comisiones y cómo deben ser las peticiones que reciban.
Del artículo 75 es muy importante que te sepas qué se puede delegar en las Comisiones Legislativas Permanentes (CALPE), pero sobre todo qué no se puede delegar en ellas.
Del 76, es importantísimo que conozcas que las conclusiones de las Comisiones de investigación no vinculan a los Tribunales, ni afectan a las resoluciones judiciales, pero sí serán comunicadas al Ministerio Fiscal (NO ME AFECTAN LOS JUECES DEL TRIBUNAL, CONFÍO EN LO HECHO EN MI OPO).
Y por último el artículo 77 es casi un calco del 29 (individuales, colectivas y por escrito). Simplemente debes de recordar que está prohibida la presentación directa por manifestación ciudadana y que las Cámaras pueden remitir al Gobierno las peticiones que reciban.
Artículos sencillos, ya que no son muy extensos, ni difíciles de entender y no de los más preguntables dentro de Constitución. De hecho Sergio no ha encontrado ninguna pregunta referente a los mismos en los exámenes de convocatoria oficial a Bomberos Comunidad de Madrid de los últimos 8 años. Pero no por ello debes relajarte porque ya sabes que en nuestra oposición todo el contenido puede ser objeto de examen, y que los pequeños detalles pueden marcar la diferencia.
Nos vemos en clase.